Indemnización por ERE (Despido Colectivo)
Calcula la indemnización mínima por ERE y conoce tus derechos en un despido colectivo.
Esta calculadora ofrece una estimación orientativa basada en la legislación vigente. No constituye asesoramiento legal. Los resultados pueden variar según tu convenio colectivo, situación personal y otros factores.
Para un cálculo exacto, consulta con un abogado laboralista.
¿Qué es un ERE?
El Expediente de Regulación de Empleo (ERE) es un procedimiento de despido colectivo regulado en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores. Se produce cuando la empresa necesita extinguir contratos de un número significativo de trabajadores por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
¿Cuándo se considera despido colectivo?
El despido es colectivo cuando afecta, en un período de 90 días, a:
- 10 trabajadores en empresas con menos de 100 empleados
- El 10% de la plantilla en empresas de 100 a 300 empleados
- 30 trabajadores en empresas con más de 300 empleados
Indemnización en un ERE
La indemnización mínima legal es de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades (igual que el despido objetivo). Sin embargo, durante el período de consultas se pueden negociar condiciones mejores:
- Indemnizaciones superiores a los 20 días/año
- Recolocación (outplacement)
- Prejubilaciones o convenios especiales con la Seguridad Social
- Planes de formación
Tus derechos en un ERE
- Período de consultas: la empresa debe negociar con los representantes de los trabajadores durante un mínimo de 15-30 días.
- Prestación por desempleo: tienes derecho a cobrar el paro. Calcula tu prestación →
- Impugnación: puedes impugnar individual o colectivamente si consideras que no se cumplen las causas o el procedimiento.
- Prioridad de permanencia: los representantes de los trabajadores tienen prioridad para quedarse en la empresa.
Preguntas frecuentes
- ¿Puedo negarme a un ERE?
- No puedes negarte al despido, pero sí impugnarlo judicialmente si consideras que no se cumplen los requisitos. Los representantes de los trabajadores también pueden impugnar el ERE colectivamente.
- ¿La indemnización por ERE tributa en IRPF?
- La indemnización está exenta de IRPF hasta el límite legal obligatorio (20 días/año, máximo 12 meses). El exceso pactado sí tributa.