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Calculadora de Días de Vacaciones 2026

Calcula los días de vacaciones que te corresponden de forma proporcional al tiempo trabajado. Incluye días naturales y laborables.

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días/año
días

Esta calculadora ofrece una estimación orientativa basada en la legislación vigente. No constituye asesoramiento legal. Los resultados pueden variar según tu convenio colectivo, situación personal y otros factores.

Para un cálculo exacto, consulta con un abogado laboralista.

¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?

Según el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, todo trabajador tiene derecho a un mínimo de 30 días naturales de vacaciones al año, independientemente del tipo de contrato o la jornada laboral. Este es un derecho irrenunciable que no puede ser sustituido por compensación económica, salvo en caso de extinción del contrato.

Tu convenio colectivo puede mejorar este mínimo, estableciendo más días de vacaciones o contabilizándolos como días laborables en lugar de naturales. Es importante consultar tu convenio para conocer las condiciones exactas que te aplican.

Si trabajas a jornada parcial, tienes derecho a los mismos días de vacaciones que un trabajador a jornada completa. Lo que varía es la retribución durante esos días, que será proporcional a tu jornada.

¿Cómo se calculan las vacaciones proporcionales?

Las vacaciones se generan de forma proporcional al tiempo trabajado durante el año natural. Si no has trabajado el año completo (por ejemplo, porque tu contrato empezó a mitad de año), tus vacaciones se calculan aplicando la siguiente fórmula:

Días de vacaciones = (Días de vacaciones anuales / 365) x Días trabajados en el año

Por ejemplo, si tienes derecho a 30 días naturales y has trabajado 6 meses (182 días), te corresponden aproximadamente 14,96 días de vacaciones. En la práctica, las empresas suelen redondear al alza.

Es importante distinguir entre días naturales (incluyen fines de semana y festivos) y días laborables (solo días de trabajo efectivo). El mínimo legal de 30 días se refiere a días naturales, que equivalen aproximadamente a 22 días laborables.

Preguntas frecuentes

¿Puedo perder mis vacaciones si no las disfruto?

Como norma general, las vacaciones deben disfrutarse dentro del año natural y no son acumulables. Sin embargo, si no has podido disfrutarlas por causas ajenas a tu voluntad (incapacidad temporal, maternidad/paternidad, etc.), tienes derecho a disfrutarlas una vez finalice la causa que lo impidió, incluso si ha terminado el año natural. Si tu empresa te impide disfrutar tus vacaciones, puedes reclamar ante la jurisdicción social.

¿Me pueden pagar las vacaciones en lugar de disfrutarlas?

No, las vacaciones son un derecho irrenunciable y no pueden ser compensadas económicamente mientras la relación laboral esté vigente. La única excepción es cuando el contrato se extingue (despido, fin de contrato temporal, baja voluntaria, etc.) y quedan vacaciones pendientes de disfrutar. En ese caso, la empresa debe incluir en el finiquito la compensación económica correspondiente a los días de vacaciones no disfrutados.

¿Qué ocurre si caigo enfermo durante mis vacaciones?

Si te encuentras en situación de incapacidad temporal antes del inicio de tus vacaciones, estas se suspenden y podrás disfrutarlas una vez te den el alta médica. Si la enfermedad surge durante las vacaciones, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha establecido que tienes derecho a disfrutar los días de vacaciones coincidentes con la baja en un período posterior, siempre que lo solicites y presentes el parte de baja correspondiente.