Despido en período de prueba
¿Te han despedido en período de prueba? Conoce tus derechos: finiquito, paro y cuándo puedes reclamar.
Respuesta rápida: En período de prueba te pueden cesar sin causa ni preaviso. No hay indemnización, pero sí tienes derecho al finiquito (días trabajados + vacaciones) y puedes cobrar el paro si reúnes la cotización mínima de 360 días.
¿Qué es el período de prueba?
El período de prueba es una fase inicial del contrato laboral en la que empresa y trabajador se evalúan mutuamente. Está regulado en el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores, que establece:
- Debe pactarse por escrito en el contrato
- Si no se pacta, no existe período de prueba
- Durante la prueba, ambas partes tienen los mismos derechos y obligaciones que cualquier trabajador
Duración máxima del período de prueba
| Categoría | Duración máxima |
|---|---|
| Técnicos titulados | 6 meses |
| Resto de trabajadores | 2 meses |
| Empresas de menos de 25 trabajadores (no titulados) | 3 meses |
| Contratos temporales ≤ 6 meses | 1 mes |
El convenio colectivo puede establecer duraciones diferentes, pero no superiores a las legales para cada categoría.
Derechos si te cesan en período de prueba
Sí tienes derecho a
- Finiquito (salario + vacaciones + pagas)
- Paro (si tienes 360+ días cotizados)
- Certificado de empresa
No tienes derecho a
- Indemnización por despido
- Preaviso (salvo convenio)
Calcula tu finiquito:
Ir a la calculadora de finiquito →¿Cuándo es abusivo o nulo?
Aunque el desistimiento en período de prueba es libre, puede ser declarado nulo si:
- Discriminación: si el cese se debe a embarazo, enfermedad, raza, orientación sexual u otra causa discriminatoria
- Vulneración de derechos fundamentales: libertad sindical, derecho a huelga, etc.
- Período excesivo: si supera los límites legales o del convenio
- No consta por escrito: si no se pactó expresamente en el contrato
Preguntas frecuentes
- ¿Me pueden despedir en período de prueba sin motivo?
- Sí. No es necesario alegar causa. Es un desistimiento libre, no un despido en sentido estricto.
- ¿Puedo cobrar el paro?
- Sí, si tienes al menos 360 días cotizados al desempleo en los últimos 6 años. Calcula tu prestación →
- ¿Puedo irme yo en período de prueba sin consecuencias?
- Sí. El trabajador también puede desistir libremente durante el período de prueba sin necesidad de preaviso ni penalización.