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Despido en período de prueba

¿Te han despedido en período de prueba? Conoce tus derechos: finiquito, paro y cuándo puedes reclamar.

Respuesta rápida: En período de prueba te pueden cesar sin causa ni preaviso. No hay indemnización, pero sí tienes derecho al finiquito (días trabajados + vacaciones) y puedes cobrar el paro si reúnes la cotización mínima de 360 días.

¿Qué es el período de prueba?

El período de prueba es una fase inicial del contrato laboral en la que empresa y trabajador se evalúan mutuamente. Está regulado en el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores, que establece:

  • Debe pactarse por escrito en el contrato
  • Si no se pacta, no existe período de prueba
  • Durante la prueba, ambas partes tienen los mismos derechos y obligaciones que cualquier trabajador

Duración máxima del período de prueba

CategoríaDuración máxima
Técnicos titulados6 meses
Resto de trabajadores2 meses
Empresas de menos de 25 trabajadores (no titulados)3 meses
Contratos temporales ≤ 6 meses1 mes

El convenio colectivo puede establecer duraciones diferentes, pero no superiores a las legales para cada categoría.

Derechos si te cesan en período de prueba

Sí tienes derecho a

  • Finiquito (salario + vacaciones + pagas)
  • Paro (si tienes 360+ días cotizados)
  • Certificado de empresa

No tienes derecho a

  • Indemnización por despido
  • Preaviso (salvo convenio)

¿Cuándo es abusivo o nulo?

Aunque el desistimiento en período de prueba es libre, puede ser declarado nulo si:

  • Discriminación: si el cese se debe a embarazo, enfermedad, raza, orientación sexual u otra causa discriminatoria
  • Vulneración de derechos fundamentales: libertad sindical, derecho a huelga, etc.
  • Período excesivo: si supera los límites legales o del convenio
  • No consta por escrito: si no se pactó expresamente en el contrato

Preguntas frecuentes

¿Me pueden despedir en período de prueba sin motivo?
Sí. No es necesario alegar causa. Es un desistimiento libre, no un despido en sentido estricto.
¿Puedo cobrar el paro?
Sí, si tienes al menos 360 días cotizados al desempleo en los últimos 6 años. Calcula tu prestación →
¿Puedo irme yo en período de prueba sin consecuencias?
Sí. El trabajador también puede desistir libremente durante el período de prueba sin necesidad de preaviso ni penalización.

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